El Presidente José Antonio Kast promulgó el viernes 9 de octubre la ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, eje de la agenda económica de su gobierno. Una vez publicada en el Diario Oficial, sus primeras disposiciones entrarían en vigor el 1 de noviembre, mientras que el núcleo tributario, que incluye la baja del impuesto corporativo, se aplicará desde 2027.

De acuerdo a Emol, la norma eleva de $800 mil millones a $1,2 billones el Fondo de Emergencia para la reconstrucción tras los incendios de Valparaíso, Ñuble y Biobío, y extiende su vigencia hasta diciembre de 2028. En noviembre comenzarían a regir cuatro medidas: un crédito tributario para empresas que exportan servicios basados en el conocimiento (15% por trabajadores de la Región Metropolitana y 20% por los de otras regiones o comunas rurales de la capital), la rebaja de 0,25% a 0,23% en la tasa de Pagos Provisionales Mensuales del Régimen Pyme, nuevas facultades del SII para cruzar información con otros organismos del Estado y cambios en la franquicia tributaria del Sence.

El 1 de diciembre partiría la exención de IVA para la primera venta de viviendas nuevas terminadas, por un año y sin tope de valor ni superficie, junto con una rebaja de 50% del impuesto a las donaciones. En enero se habilitaría la repatriación de capitales, con una tasa de entre 7% y 10%. La ley abre además una ventana de ocho meses para retirar fondos de registros como el STUT y el FUR con un impuesto único de 10%, y convenios de la Tesorería con condonación de hasta 100% de los intereses y 80% de las multas.

El impuesto de primera categoría bajará de 27% a 25,5% en 2027, a 24% en 2028 y a 23% en 2029, en la primera reducción de la tasa corporativa desde 1990. Desde 2027 también operará la invariabilidad tributaria para grandes proyectos de inversión: 10 años para iniciativas desde US$ 50 millones, 15 años desde US$ 100 millones y 20 años desde US$ 350 millones, a cambio de 1,5 puntos porcentuales adicionales sobre la tasa general. Ese año debutará además la exención de contribuciones para la vivienda principal de propietarios de 65 años o más.

El texto promulgado excluye normas que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales, entre ellas el régimen que obligaba al Fisco a indemnizar a titulares de proyectos cuya Resolución de Calificación Ambiental fuera anulada por la justicia, y dos disposiciones de carácter municipal.

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